Sobre OSPECON
Urgencias 0800-345-7700 las 24hs.
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Atención al beneficiario 0800 222 0123
Obra Social del Personal de la Construcción | Av. Belgrano 1864 -
Buenos Aires, Argentina | Tel: 0800-222-0123 L a V de 9 a 18hs. | Atención Domiciliaria y Urgencias 0800-345-7700
Ce.M.A.P. / QUILMES San Martín Nº 724 -
Quilmes 4224-5436/5449
Aten. de L a V de 9 a 18 hs
Tramite de Credencial Obra Social - OSPECON
Paso 1:
Corrobora a que obra social estas afiliado:
Paso 2:
Cómo afiliarse?
Deberá completar los trámites de Afiliación, acercándose a cualquiera de las delegaciones con la documentación que se detalla a continuación:
Requisitos de las afiliaciones
TITULAR
• DNI
• Último recibo de sueldo
• Último recibo de sueldo
CONYUGE
• DNI de TITULAR y Cónyuge
• Último recibo de sueldo del titular
• Acreditación de vínculo con el Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil
• Constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES
• Certificación NEGATIVA emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo del titular
• Acreditación de vínculo con el Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil
• Constancia de CUIL del cónyuge emitida por ANSES
• Certificación NEGATIVA emitida por ANSES
CONCUBINAS/OS
• DNI de TITULAR y Conviviente
• Certificado de domicilio de TITULAR y Conviviente
• Unión Convivencial emitido por Registro Civil o Información Sumaria Judicial actualizada donde debe exponer el titular acreditando la convivencia mayor a 2 (dos) años, que conste que el conviviente no percibe ningún beneficio social, jubilación ni pensión y todo lo dicho esté ratificado al menos por 2 testigos
• Certificación negativa ANSES del conviviente
• En caso que posean hijos en común podrá reemplazar la Unión Convivencial o la Información Sumaria Judicial por Certificado o Acta de Nacimiento
• Último recibo de sueldo
• Certificado de domicilio de TITULAR y Conviviente
• Unión Convivencial emitido por Registro Civil o Información Sumaria Judicial actualizada donde debe exponer el titular acreditando la convivencia mayor a 2 (dos) años, que conste que el conviviente no percibe ningún beneficio social, jubilación ni pensión y todo lo dicho esté ratificado al menos por 2 testigos
• Certificación negativa ANSES del conviviente
• En caso que posean hijos en común podrá reemplazar la Unión Convivencial o la Información Sumaria Judicial por Certificado o Acta de Nacimiento
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Certificación negativa de ANSES actualizada y último recibo de sueldo
RENOVACIÓN: Certificación negativa de ANSES actualizada y último recibo de sueldo
HIJO/S menor de 21 años
• DNI de TITULAR e Hijo
• Acreditación de vínculo con el Acta o Partida de nacimiento/Anotación en Libreta de Familia del Registro Civil
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Acreditación de vínculo con el Acta o Partida de nacimiento/Anotación en Libreta de Familia del Registro Civil
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
HIJOS ESTUDIANTES
Hijo mayor de 21 años, estudiante, hasta 25 años inclusive
• Igual documentación que "Hijo" más,
• Certificado o Constancia de Estudios regulares, Secundarios; Terciarios y/o Universitarios en establecimientos Oficialmente reconocidos
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Ultimo recibo de sueldo
• Certificación negativa ANSES
• Certificado o Constancia de Estudios regulares, Secundarios; Terciarios y/o Universitarios en establecimientos Oficialmente reconocidos
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Ultimo recibo de sueldo
• Certificación negativa ANSES
VIGENCIA: 6 meses
RENOVACIÓN: Certificado de estudio actualizado y último recibo de sueldo.
RENOVACIÓN: Certificado de estudio actualizado y último recibo de sueldo.
HIJOS DEL CÓNYUGE
En estos casos no requiere la tramitación de la guarda de el/los menores, a favor del beneficiario titular
•Acreditación de vínculo mediante Acta de Matrimonio, Certificado o Libreta de Matrimonio del Reg. Civil entre el beneficiario titular y el progenitor del menor
• Partida de nacimiento
• Acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular (Acta Acuerdo “Cuidado Personal del Hijo y Derecho De Comunicación, Partida de Nacimiento sin reconocimiento del padre biológico, Certificado de Defunción del padre)
• Certificados de domicilio titular y menor
• DNI titular y menor
• Constancia de CUIL del menor emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo
• Partida de nacimiento
• Acreditación de la tenencia a cargo del progenitor casado con el titular (Acta Acuerdo “Cuidado Personal del Hijo y Derecho De Comunicación, Partida de Nacimiento sin reconocimiento del padre biológico, Certificado de Defunción del padre)
• Certificados de domicilio titular y menor
• DNI titular y menor
• Constancia de CUIL del menor emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: último recibo de sueldo
RENOVACIÓN: último recibo de sueldo
HIJO/A MAYOR DE 21 AÑOS O CONYUGE o CONVIVIENTE DISCAPACITADO
• Igual documentación requerida para el vínculo según corresponda, más:
• Certificado de Discapacidad -CUD- VIGENTE otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad.
• Certificación negativa ANSES
• Certificado de Discapacidad -CUD- VIGENTE otorgado por Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad.
• Certificación negativa ANSES
RENOVACIÓN: Certificado de Discapacidad actualizado y último recibo de sueldo.
MENORES BAJO GUARDA O TUTELA
• DNI del titular y del menor
• Constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular, en caso de tenencia provisoria la inclusión procederá hasta el vencimiento de la misma.
• Certificados de domicilio del titular y menor
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo
• Constancia de guarda o tenencia judicial definitiva otorgada por juez de menores en favor del titular, en caso de tenencia provisoria la inclusión procederá hasta el vencimiento de la misma.
• Certificados de domicilio del titular y menor
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: último recibo de sueldo
RENOVACIÓN: último recibo de sueldo
PADRES
(Ascendientes)
(Corresponde el aporte adicional del 1,5%)
•Podrán ser incluidos únicamente cuando sean mayores de 60 años de edad o se encuentren incapacitados para trabajar y siempre que no resulten ser beneficiarios de jubilaciones o pensiones y por ende no ser beneficiarios de otros entes a nivel nacional o provincial
• En caso que se encuentre incapacitado, no rige límite de edad, debiendo adicionar al Certificado de Discapacidad otorgado por el Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad
• Partida de nacimiento con la que acreditaran el vínculo que invocan
• Certificados de domicilio con los que se acreditan que viven bajo el mismo techo
• Información sumaria judicial en la que expresamente indique que vive a exclusivo cargo del beneficiario titular
• Certificado extendido por el ANSES en el que expresamente se indique que no resulta ser beneficiario de jubilación o pensión alguna
• DNI padre y titular
• Último recibo de sueldo
• En caso que se encuentre incapacitado, no rige límite de edad, debiendo adicionar al Certificado de Discapacidad otorgado por el Ministerio de Salud u organismo oficial, indicando patología y grado de incapacidad
• Partida de nacimiento con la que acreditaran el vínculo que invocan
• Certificados de domicilio con los que se acreditan que viven bajo el mismo techo
• Información sumaria judicial en la que expresamente indique que vive a exclusivo cargo del beneficiario titular
• Certificado extendido por el ANSES en el que expresamente se indique que no resulta ser beneficiario de jubilación o pensión alguna
• DNI padre y titular
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: 1 año
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, constancia de ANSES actualizada y último recibo de sueldo con aporte adicional del 1,5%
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, constancia de ANSES actualizada y último recibo de sueldo con aporte adicional del 1,5%
NIETOS
Corresponde el aporte adicional del 1,5%
Los nietos de los titulares que no cuenten con guarda judicial a favor del abuelo, y que el menor no haya sido reconocido por el padre, y la hija del titular sea menor de edad, podrán incluirse como familiares a cargo.
• Certificado de nacimiento del menor y de la madre
• Certificado de domicilio titular, madre del menor y menor
• Información Sumaria Judicial acreditando que el padre del recién nacido no se hace cargo del menor
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• DNI titular, madre del menor y menor
• Último recibo de sueldo
• Certificado de domicilio titular, madre del menor y menor
• Información Sumaria Judicial acreditando que el padre del recién nacido no se hace cargo del menor
• Constancia de CUIL emitida por ANSES
• DNI titular, madre del menor y menor
• Último recibo de sueldo
VIGENCIA: El dictamen se emitirá con la Validez de un año, y la inclusión solo durará hasta que la madre cumpla la mayoría de edad, en cuyo caso quedarán ambos sin cobertura.
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, DNI de la madre del menor y último recibo de sueldo con aporte adicional del 1,5%
RENOVACIÓN: Dictamen anterior, DNI de la madre del menor y último recibo de sueldo con aporte adicional del 1,5%
EXTRANJEROS - RESIDENCIA PRECARIA, TRANSITORIA Y/O PERMANENTE
• Cualquier extranjero que pretenda incluirse dentro de la Obra Social en cualquier categoría que fuere deberá tener actualizada su situación migratoria, la cual se acreditará únicamente con el comprobante extendido con Membrete de la Dirección Nacional de Migraciones donde conste que es residente precario transitorio y/o permanente vigente.
• El Titular extranjero con residencia precaria no tendrá DNI Argentino ya que la Residencia en forma Precaria no lo habilita para obtener el documento nacional de identidad; en consecuencia deberá acreditar que se encuentra en condiciones de incluirse con el Nro. de CUIL con el cual trabaja y que figura en su recibo de haberes (Constancia de CUIL emitida por la ANSES)
• Además de la correspondiente constancia extendida por la Autoridades Migratorias (Pasaporte o CI extranjera).
• La familia del Beneficiario Titular considerado en el punto 1
• deberá igualmente acreditar su situación Migratoria.
• La documentación personal la acreditará con el Documento extranjero, más la residencia precaria extendida por migraciones y las partidas que acrediten el vínculo, en todos los casos deben estar legalizadas por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización
• Además, de acuerdo a las disposiciones vigentes, para poder ser dado de alta en el padrón de obra social deberá realizar la acreditación de datos ante la ANSES.
• En el caso de Matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentarse el Certificado de Matrimonio Legalizado por el Consulado del país de origen o sello de Apostille
• En el caso de convivientes para poder ser incluidas tendrán que tener su situación migratoria en regla, esto es con la residencia precaria transitoria y/o permanente
• El resto de la documentación a presentar es la misma que para el caso de las convivientes nacionales.-
• El Titular extranjero con residencia precaria no tendrá DNI Argentino ya que la Residencia en forma Precaria no lo habilita para obtener el documento nacional de identidad; en consecuencia deberá acreditar que se encuentra en condiciones de incluirse con el Nro. de CUIL con el cual trabaja y que figura en su recibo de haberes (Constancia de CUIL emitida por la ANSES)
• Además de la correspondiente constancia extendida por la Autoridades Migratorias (Pasaporte o CI extranjera).
• La familia del Beneficiario Titular considerado en el punto 1
• deberá igualmente acreditar su situación Migratoria.
• La documentación personal la acreditará con el Documento extranjero, más la residencia precaria extendida por migraciones y las partidas que acrediten el vínculo, en todos los casos deben estar legalizadas por el Consulado del país de origen o si posee el sello de "Apostille", no es necesaria dicha legalización
• Además, de acuerdo a las disposiciones vigentes, para poder ser dado de alta en el padrón de obra social deberá realizar la acreditación de datos ante la ANSES.
• En el caso de Matrimonio celebrado en el extranjero deberá presentarse el Certificado de Matrimonio Legalizado por el Consulado del país de origen o sello de Apostille
• En el caso de convivientes para poder ser incluidas tendrán que tener su situación migratoria en regla, esto es con la residencia precaria transitoria y/o permanente
• El resto de la documentación a presentar es la misma que para el caso de las convivientes nacionales.-
En el momento de realizar la solicitud de afiliación, se le emite una constancia en carácter de Declaración Jurada donde figuran todos los datos provistos por el titular, que firma prestando conformidad a la misma.
Las prestaciones que recibirán a partir de la inscripción serán exclusivamente las establecidas y garantizadas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y de ACCESO PROGRESIVO ESTABLECIDO por la LEY según corresponda.”